DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCION PUBLICA

 

 

DECRETO NÚMERO    383      DE   2006

 

08 FEB 2006

 

 

Por el cual se fija el valor del punto para el personal Técnico-Científico del Instituto Geográfico Agustín Codazzi, y se dictan otras disposiciones en materia salarial.

 

 

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA

 

 

en desarrollo de las normas generales señaladas

en la Ley 4a de 1.992,

 

DECRETA:

ARTICULO 1. A partir del 1o. de enero de 2006, el valor del punto para el personal Técnico - Científico del Instituto Geográfico Agustín Codazzi, será de siete mil doscientos cincuenta pesos ($7.250) m/cte.

ARTICULO 2.                En ningún caso y por ningún concepto la remuneración total de los

empleados a quienes se les aplica el presente decreto, podrá exceder a la que corresponda a los Ministros del Despacho por concepto de asignación básica, gastos de representación y prima de dirección.

ARTICULO 3. Ninguna autoridad podrá establecer o modificar el régimen salarial o prestacional estatuido por las normas del presente decreto, en concordancia con lo establecido en el artículo 10 de la Ley 4a. de 1992. Cualquier disposición en contrario carecerá de todo efecto y no creará derechos adquiridos.

 

 

Nadie podrá desempeñar simultáneamente más de un empleo público, ni recibir más de una asignación que provenga del Tesoro Público, de empresas o de instituciones en las que tenga parte mayoritaria el Estado. Exceptúanse las asignaciones de que trata el artículo 19 de la ley 4a. de 1992

 

ARTICULO 4.   El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, deroga el

decreto 925 de 2005 y surte efectos fiscales a partir del 1o. de enero de 2006.

 

PUBLIQUESE Y CUMPLASE

 

Dado en Bogota, D. C. a los 08 FEB 2006

 

 

 

ALVARO URIBE VELEZ

PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

 

 

 

 

 

 

EL MINISTRO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO

 

 

 

 

 

ALBERTO CARRASQUILLA BARRERA

 

 

 

 

 

EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO

ADMINISTRATIVO DE LA FUNCION PUBLICA

 

 

 

 

FERNANDO GRILLO RUBIANO