DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE
DECRETO NÚMERO 383
DE 2006
08 FEB 2006
Por el cual se fija el valor del punto para el personal
Técnico-Científico del Instituto Geográfico
Agustín Codazzi, y se dictan otras disposiciones en materia salarial.
EL PRESIDENTE DE
en desarrollo de
las normas generales señaladas
en
DECRETA:
ARTICULO
ARTICULO 2. En ningún caso y por ningún concepto la remuneración total de los
empleados a quienes se les aplica el presente decreto, podrá exceder a la que corresponda
a los Ministros del Despacho por concepto de
asignación básica, gastos de representación y prima de dirección.
ARTICULO 3. Ninguna autoridad
podrá establecer o modificar el régimen salarial o prestacional estatuido por las normas del presente decreto, en
concordancia con lo establecido en el
artículo 10 de
Nadie podrá desempeñar simultáneamente más de un
empleo público, ni recibir más de una asignación que provenga del Tesoro Público, de empresas o de
instituciones en las que tenga parte
mayoritaria el Estado. Exceptúanse las asignaciones
de que trata el artículo 19 de la ley 4a. de
1992
ARTICULO 4. El
presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, deroga el
decreto 925 de 2005 y surte efectos
fiscales a partir del 1o. de enero de 2006.
PUBLIQUESE Y CUMPLASE
Dado en Bogota, D. C. a los 08 FEB 2006
ALVARO URIBE VELEZ
PRESIDENTE DE
EL MINISTRO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
ALBERTO CARRASQUILLA BARRERA
EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO
ADMINISTRATIVO DE
FERNANDO GRILLO RUBIANO