Modificado el decreto 1081 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de la Presidencia de la República, en aras de brindar mayor eficacia, eficiencia y celeridad en la autorización e implementación de los Fondos Territoriales Temporales en virtud del artículo 63 de la Ley 2069 de 2020 y la autonomía territorial, modificando de está manera lo relacionado a los requisitos para la procedencia de los Fondos Territoriales Temporales en los municipios y distritos.