La Superintendencia de sociedades procedió a declarar la vulneración de los derechos del consumidor por parte de la sociedad VUELAMAX S.A.S., ante la no prestación del servicio contratado, toda vez que el usuario no vio satisfechas las necesidades por las cuales adquirió el servicio. Precisando que la garantía mínima de calidad e idoneidad de un bien o servicio no solo se suscribe a la calidad del objeto vendido o del servicio prestado, sino también el cumplimiento de los términos y condiciones pactados desde el momento mismo en que se realizó el contrato, dentro de los cuales naturalmente se encuentra la oportunidad en la entrega del bien o en la prestación del servicio, pues la no entrega o prestación o aún la simple dilación, constituye una vulneración a los intereses legítimos de los consumidores en la medida en que no ven colmadas sus expectativas ni satisfechas las necesidades para las cuales se efectuó la compra.