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Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural.
Lineamientos para la política de bioinsumos: transición hacia una agricultura agroecológica y sostenible. El documento presenta los lineamientos de la política de bioinsumos, fertilizantes orgánicos y acondicionadores de suelos en el marco del pnd 2022–2026, con el objetivo de impulsar la transición hacia una agricultura agroecol&o [..]
11:13
Ministerio de Salud y Protección Social
¿Es obligatorio la ejecución de convocatoria para la elección del delegado de los gremios de producción a la junta directiva del hospital?. .la designación del segundo representante de la comunidad ante [..]
11:14
Corte Suprema de Justicia Sala de Casación Laboral
Para acceder a la pensión de sobrevivientes, es requisito ineludible la demostración de 5 años de convivencia con el afiliado inmediatamente antes de la muerte. .la sala preciso que en materia de pensión [..]
Tribunal general tumba las tasas de supervisión del dsa para meta y tiktok pero mantiene su cobro temporal.
El tribunal general de la unión europea anuló las decisiones de la comisión europea que fijaban la tasa de supervisión aplicable a facebook, instagram y tiktok en 2023 bajo el reglamento de servicios digitales (dsa). la anulación se fundamentó en que la metodología empleada para calcular el promedio mensual de destinatarios activos —elemento esencial para determinar la tasa— fue adoptada mediante decisiones de ejecución, cuando debía haberse regulado en un acto delegado, conforme a lo dispuesto en el dsa. no obstante, el tribunal mantuvo provisionalmente los efectos de las decisiones anuladas hasta por un máximo de doce meses, con el fin de evitar un vacío jurídico y permitir a la comisión corregir el procedimiento y expedir nuevas resoluciones en conformidad con el reglamento. documento disponible al público a partir del mes de septiembre de 2025. temas: redes sociales [..]
Cuando la identidad de los hablantes se puede derivar de otro tipo de medio, no es necesario, no se hace necesario presentar prueba de cotejo de voces.
.dejada en firme decisión por la cual se declaró al recurrente autor del delito de concierto para delinquir agravado, al determinar que en varias de las comunicaciones que fueron reproducidas en juicio permitió tener la claridad que era una de las personas con las que se mantenía comunicación para la ejecución de actividades delictivas, especialmente, las concernientes al apoderamiento de hidrocarburos. conclusión que, no se desestima por el solo hecho de que no fuera realizado un cotejo de voces o algún estudio científico similar, pues, como ya lo ha venido explicando la sala, exigir ello, es suponer la presencia de una tarifa legal, cuando, en el sistema procesal penal de la ley 906 de 2004 rige el principio de libertad probatoria, conforme lo prevé el artículo 373. en este, se establece que todos los medios de prueba, legal y oportunamente incorporados a la actuación, son idóneos para demostrar la existencia del delito y la responsabilidad del acusado. lo transcrito permite sostener que, no se hace necesario presentar prueba de cotejo de voces u otras similares de carácter científico, cuando, la identidad de los hablantes se puede derivar de otro tipo de medios, directos o indirectos. confirmó. m.p. gerson chaverra castro. documento disponible al público a partir del mes de septiembre de 2025. temas: administración de justicia,penal [..]
El caso no cumple con los requisitos de procedencia de la tutela, principalmente porque la disputa subyacente es de carácter legal y económico, y no involucra una vulneración clara de los derechos fundamentales.
.derechos fundamentales al debido proceso y acceso a la administración de justicia.la corte constitucional resolvió la acción de tutela interpuesta por la sociedad de acueducto, alcantarillado y aseo de barranquilla s.a. e.s.p. (triple a) contra la fiscalía 103 delegada ante el tribunal superior de bogotá, en la que alegaba un defecto sustantivo por el rechazo de su reconocimiento como parte civil dentro de un proceso penal por hechos relacionados con contratos suscritos con su accionista mayoritaria. la empresa invocó la vulneración de los derechos al debido proceso, acceso a la justicia y conocimiento de la verdad, buscando además el reconocimiento de perjuicios que superarían los $560.000 millones. la sala novena de revisión concluyó que el caso carecía de relevancia constitucional, pues la controversia tenía un trasfondo principalmente económico y legal, susceptible de discutirse en la jurisdicción ordinaria. determinó además que la acción de tutela no podía utilizarse como una instancia adicional para reabrir un debate ya resuelto en sede penal. en consecuencia, la corte revocó las sentencias de instancia que habían negado el amparo y, en su lugar, declaró improcedente la tutela, reiterando que la triple a cuenta con mecanismos judiciales ordinarios idóneos para reclamar sus pretensiones. revocar. m.p. josé fernando reyes cuartas. documento disponible al público a partir del mes de septiembre de 2025. temas: proceso penal,contrato de asistencia técnica [..]